FNE pide al TDLC precisar aspectos de la relicitación del Terminal 2 del Puerto de Valparaíso
La solicitud nace "para evitar que se vea afectado el nivel de calidad de servicio en la atención de naves".
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El proceso para elegir al reemplazante del concesionario TCVAL en el Terminal 2 de Puerto de Valparaíso sigue afinandose. La Fiscalía Nacional Económica (FNE) pidió al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que precise algunas materias sobre las condiciones de competencia que deberá implementar la Empresa Portuaria de Valparaíso (EPV) en la relicitación.
En agosto pasado la compañía inició un procedimiento no contencioso, solicitando al TDLC que autorice una "licitación de transición" para el Espigón de Valparaíso por un período de cuatro años, manteniendo los resguardos de libre competencia ya establecidos por el TDLC.
Frente a eso, la FNE concluyó que la mantención de las reglas ya establecidas por el TDLC serían suficientes para evitar que la licitación de transición propuesta impida, restrinja o entorpezca la libre competencia.
"Sin embargo, tras analizar las actuales condiciones de competencia existentes en la Región de Valparaíso y la procedencia de la solicitud de EPV en relación al Terminal 2, la FNE recomendó definir las condiciones operativas en caso de una posible integración horizontal entre los concesionarios de ese Puerto, para evitar que sea afectado el nivel de calidad de servicio en la atención de naves en el Terminal 2", indicó.
Agregó que "de ese modo, los eventuales interesados en participar del proceso de licitación podrían tomar decisiones más informadas y se dan mayores garantías sobre la calidad de la atención a los actuales clientes del Terminal 2".
También se propuso clarificar la calidad de "nuevo entrante" o "incumbente" que tendrán ciertos actores de cara al proceso de licitación, así como algunas garantías sobre la infraestructura disponible para la operación portuaria del nuevo concesionario del Espigón Valparaíso.
Finalmente, la FNE recomendó que se establezcan condiciones explicitas para aminorar los posibles efectos negativos para la competencia asociados a esta circunstancia, atendida la corta duración de la concesión de transición consultada.